SCJN avala a la UIF congelar cuentas sin orden y redefine control financiero
Logo PeriodiCASO

SCJN avala a la UIF congelar cuentas sin orden y redefine control financiero

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por mayoría validar que la Unidad de Inteligencia Financiera podrá congelar cuentas bancarias sin necesidad de orden judicial previa, siempre que existan indicios razonables de operaciones con recursos de procedencia ilícita o financiamiento al terrorismo, en una decisión que marca un cambio de fondo en la política mexicana de combate al lavado de dinero y reabre el debate sobre los límites entre seguridad financiera y derechos patrimoniales.

La resolución fue aprobada con seis votos a favor y tres en contra, a partir del proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien sostuvo que el congelamiento de recursos no constituye una sanción penal, sino una medida cautelar administrativa de carácter temporal, por lo que no requiere control judicial previo. Bajo este criterio, la UIF podrá actuar de inmediato cuando detecte movimientos financieros sospechosos, y la revisión judicial vendrá posteriormente, si el afectado decide impugnar la medida.

El fallo también implica que la Corte se aparta de la jurisprudencia establecida en 2018, cuando el máximo tribunal había limitado esa facultad a casos vinculados exclusivamente con solicitudes de autoridades extranjeras. Ahora, la UIF podrá ordenar bloqueos incluso en investigaciones originadas en territorio nacional, sin intervención previa del Ministerio Público ni de un juez.

De acuerdo con el comunicado oficial del tribunal, las personas físicas o morales afectadas mantendrán derecho de audiencia ante la propia UIF para acreditar el origen lícito de los recursos y posteriormente acudir al Poder Judicial mediante amparo o recursos legales para revertir el bloqueo. Sin embargo, la reciente reforma a la Ley de Amparo limita que jueces suspendan de inmediato estos congelamientos, lo que fortalece aún más el margen operativo de la autoridad antilavado.

La decisión generó una división interna importante. El ministro Giovanni Figueroa Mejía advirtió que el criterio podría traducirse en una privación material del derecho de propiedad por tiempo indefinido, al impedir el uso de recursos sin control judicial previo. Esa postura coincide con análisis publicados en El Universal, donde se advierte que el nuevo alcance de la UIF le otorga una capacidad inédita dentro del sistema financiero mexicano y podría abrir controversias sobre garantías constitucionales.

Especialistas en regulación financiera recuerdan que el nuevo criterio también responde a estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional, que exige a países miembros capacidad de reacción inmediata frente a operaciones sospechosas, especialmente en esquemas ligados a corrupción, crimen organizado y transferencias internacionales opacas.

En términos prácticos, el nuevo escenario fortalece a la UIF como una de las herramientas más sensibles del Estado mexicano en materia financiera, justo en un momento en que investigaciones por desvío de recursos, redes de empresas fachada y operaciones trianguladas mantienen bajo observación a diversos sectores económicos y políticos.

Olfatea otras noticias:

Te recomendamos Olfatear……

Algo ha ido mal. Por favor, recarga la página y/o inténtalo de nuevo.



Descubre más desde PeriodiCASO

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo