SCJN valida videograbación de entrevistas a niñas y niños en juicios

SCJN valida videograbación de entrevistas a niñas y niños en juicios

La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Loretta Ortiz Ahlf, presentó un proyecto clave para definir si la videograbación de entrevistas y evaluaciones psicológicas a niñas, niños y adolescentes en juicios familiares protege o vulnera sus derechos fundamentales.


A través de su cuenta oficial en X, la ministra explicó que el proyecto corresponde al Amparo en Revisión 397/202, un asunto derivado de un juicio de guarda y custodia iniciado tras el divorcio de una pareja. En dicho proceso, el juez ordenó evaluaciones psicológicas para ambos padres y sus dos hijos, así como la videograbación de las entrevistas, bajo resguardo institucional y con acceso estrictamente limitado.


El objetivo de esta medida, detalló Ortiz Ahlf, fue evitar que los menores fueran entrevistados en repetidas ocasiones, reducir el riesgo de revictimización y permitir que las autoridades judiciales valoraran la prueba sin someter nuevamente a los niños a situaciones emocionalmente desgastantes.


Sin embargo, el padre se inconformó con la videograbación al considerar que vulneraba los derechos de sus hijos a la intimidad, privacidad e integridad cuerpo-mente. Tanto la apelación como el juicio de amparo promovidos fueron rechazados, lo que llevó el caso a revisión en la Suprema Corte.

Resolución de la corte

El Pleno de la SCJN aprobó por unanimidad el proyecto presentado por Ortiz Ahlf. En él se estableció que la videograbación de entrevistas y evaluaciones psicológicas no vulnera por sí misma los derechos de niñas, niños y adolescentes, siempre que se realice bajo reglas claras, controles judiciales estrictos y medidas reforzadas de confidencialidad.


La resolución subraya que la finalidad de esta práctica es legítima y protectora, pues busca reducir la carga emocional del proceso judicial, evitar la repetición del testimonio y proteger el bienestar psicológico de los menores. Asimismo, se precisó que los posibles riesgos de un uso indebido del material no pueden presumirse de forma abstracta, sino que deben analizarse caso por caso, atendiendo a las condiciones de resguardo y acceso a la información.

Relevancia constitucional

La ministra destacó que este criterio tiene una alta relevancia constitucional, ya que fija un estándar claro sobre cómo deben realizarse entrevistas y evaluaciones psicológicas a infancias y adolescencias en juicios que afectan directamente su vida familiar.


El proyecto reconoce que el interés superior de niñas, niños y adolescentes exige procedimientos judiciales adaptados, sensibles y protectores, y que la tecnología, utilizada de manera responsable, puede convertirse en una aliada para evitar daños innecesarios.


De acuerdo con Ortiz Ahlf, la videograbación, bajo controles estrictos, no representa una amenaza, sino una medida de protección que fortalece el acceso a la justicia y la tutela integral de los derechos de las infancias y adolescencias.

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